Son conocidos como paraísos fiscales los países o territorios coloniales que adoptan una política flexible en cuanto a la cobranza de impuestos –alícuotas bajas o inexistentes– para el capital depositado en sus instituciones financieras. Además de la renuncia fiscal, suelen garantizar el anonimato a los dueños del dinero y, en el caso de personas jurídicas, el secreto respecto de la composición accionaria de las empresas.
Las regiones que adoptaron ese tipo de política son microestados soberanos (muchas veces, sólo en términos formales) o dependencias extranjeras, generalmente, en el caso de América Latina, o pequeñas islas del Caribe, pobres en recursos naturales. La lista de los países clasificados como paraísos fiscales en el Caribe y América Central, conforme al libro Brasil: inferno e paraíso fiscal, es la siguiente: Anguila, Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Aruba, Bahamas, Barbados, Belice, Bermudas, Costa Rica, islas Caimán, islas Turks y Caicos, islas Vírgenes de los Estados Unidos, islas Vírgenes Británicas, Panamá, Santa Lucía, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas.
Los paraísos fiscales funcionan como refugio seguro para individuos y empresas que burlan a los fiscos nacionales. En la mayor parte de los casos, las empresas se instalan en esas zonas libres creando una compañía offshore. El proceso para la constitución de esas compañías es, generalmente, muy simple, buscando sólo atraer al capital, sin la exigencia de otras garantías sobre su origen.
Además de servir de refugio a quienes buscan eludir los impuestos nacionales burlando al fisco, los paraísos fiscales son espacios ideales para el lavado de dinero obtenido por medio de actividades ilícitas, como el tráfico de drogas y armas, la corrupción política y el contrabando. La amplia garantía de sigilo profesional, comercial y bancario, y el no cuestionamiento sobre el origen del dinero depositado atrae toda clase de recursos ilegales.
Pero no sólo los propietarios de dinero “sucio” buscan realizar operaciones financieras en esos territorios. Grandes bancos y empresas multinacionales también utilizan ampliamente las facilidades ofrecidas por los paraísos fiscales. En ese caso, las empresas o bancos abren subsidiarias para encubrir prácticas comerciales ilegales o librarse de la imposición sobre las ganancias –ocultando las reales cifras por medio de complicadas maniobras contables– en los países sede, donde tales compañías actúan.
Casi siempre, a pesar del objetivo deshonesto básico –engañar al fisco nacional–, las operaciones tienen carácter legal, amparadas por brechas en la legislación internacional. Más que tolerados por los organismos supranacionales y por los gobiernos de las naciones más ricas, los negocios ilícitos son estimulados por algunas de ellas, como el Reino Unido, Holanda y los Estados Unidos, que transformaron algunos de sus territorios coloniales en paraísos fiscales, elevados a modelos del capitalismo financiero, en general asociados a las dos mayores plazas, la de Londres y la de Nueva York.
El entrelazamiento de los servicios prestados por los paraísos fiscales con el corazón del sistema financiero internacional, aliado a intereses poderosos de grandes empresas y personas físicas, explica por qué esos Estados no sufren sanciones más duras de la “comunidad internacional”. A pesar de las evidencias que relacionan a los paraísos fiscales con los más diversos tipos de crimen financiero, ellos siguen actuando, aunque pesen algunas restricciones, que no combaten la raíz del problema.
En 1989, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), buscando satisfacer las demandas de la sociedad contra el lavado de dinero, creó una fuerza de tareas –llamada Financial Action Task Force (FATF)– con el objetivo de aplicar medidas de combate efectivas a los gobiernos de los llamados paraísos fiscales. Como medio de presión, la FATF comenzó a elaborar, anualmente, una lista de los países y territorios que no cooperan en el combate contra el lavado de dinero. Su foco principal es el lavado de dinero proveniente de actividades criminales y posibles fuentes de financiamiento de actividades terroristas. En la primera lista, divulgada en junio de 2000, constaban los siguientes países caribeños: Bahamas, Caimán, Dominica, Granada, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas. Además de esos países, también aparecían los centroamericanos Panamá y Guatemala. Los países que adoptan medidas de transparencia y colaboran con las investigaciones internacionales son retirados del informe. En 2005, ninguno de los paraísos fiscales latinoamericanos constaba en la lista.
En el 2011, durante la reunión del G20 en Cannes, Francia, Uruguay figuró en la “lista gris” de los paraísos fiscales, elaborada por el Foro Fiscal Mundial. El país suramericano constaba en el reporte del Foro Mundial sobre Transparencia e Intercambio de Informaciones con Fines Fiscales de la OCDE, al lado de Panamá, Antigua y Barbuda, Barbados, Brunei, Botsuana, Seychelles, Trinidad y Tobago y Vanuatu como países considerados paraísos fiscales. Algunos días después, el secretario general de la OCDE, Ángel Gurría, anunció que el gobierno uruguayo había tomado una serie de medidas para el intercambio efectivo de información fiscal, firmando siete nuevos acuerdos de intercambio y colaboración, avanzando, de esta manera, en la dirección del estándar internacional de transparencia fiscal.